Esta tercera entrega del libro de Trías se abre con uno de los capítulos más apasionantes y tenebrosos de la historia nacional: el papel del trust petrolero internacional y el golpe de estado de Terra. Al mismo tiempo la reacción popular adjetivando las instituciones y su actuación a favor del capital extranjero: el Comité de Vigilancia Económica apodado ”Comité del Vintén”, el “Pacto del Chinchulín” desvergonzada actitud de reparto y acomodo que recibió esa denominación desde el campo popular y generó el verbo “ancapear”. En ese marco se debe ubicar la muerte de Julio C. Grauert y el suicidio de Baltasar Brum. Pero el análisis de esta etapa permite preguntar ¿quién era, en ese entonces, el legislador Baltar?, ¿de dónde salió?, ¿quién lo lanzó al ruedo para hacer ese mandado de ponerle mordazas a la recién creada ANCAP? Y también para asombrarnos al conocer los convenios que Ancap firmó y el secreto en que se mantuvieron durante décadas de aplicación efectiva. Convenios blindados. ¿Podemos asombrarnos hoy al comprobar que se aplica la misma política que se opuso a la creación de nuestros entes autónomos? Las páginas que siguen no son de nostalgia histórica sino de alerta. Hay que saberlas leer.
DICTADURA Y PETRÓLEO
Al comenzar los años 30 Latino América experimenta la perturbadora sacudida de la crisis mundial. La lucha de clases se agudiza hasta alcanzar temperaturas al rojo vivo y graves perturbaciones políticas conmueven al continente.
El golpe militar del Gral. Uriburu en la Argentina; la caída del general Ibáñez en Chile; la insurrección getulista en el Brasil; el golpe de Estado del 31 de marzo de 1933 en el Uruguay, etc., son episodios salientes de este intrincado y candente proceso.
No todos esos acontecimientos poseen la misma significación; pero todos traducen las profundas repercusiones sociales y políticas de la crisis que estalla en Nueva York en 1929.
Argentina y Uruguay, por su similar estructura económico-social. ofrecen, a este respecto, un interesante paralelo.
El levantamiento uriburista del 6 de setiembre de 1930 y el golpe terrista del 31 de marzo de 1933 son hechos políticos de índole similar y provocados por causas semejantes.
El agotamiento del ciclo democrático-burgués encabezado por Irigoyen en la Argentina y por Batlle en el Uruguay; la presión del imperialismo británico que domina la cuenca del Plata y que está dispuesto a darle nuevas vueltas de tuerca a su explotación para aliviar el impacto de la crisis en la metrópolis (los Pactos de Ottawa son un ejemplo de ello; la presencia ya virulenta de las inversiones yanquis; el afán restaurador de las oligarquías de terratenientes, comerciantes importadores y banqueros desplazados, aunque no destruidos, por el radicalismo y por el batllismo, etc., se conjugan para producir el derrumbe de las instituciones democráticas y apuntalar un nuevo régimen más favorable a los intereses privilegiados.
En ambos casos la cuestión petrolera juega un papel importante.
En la Argentina la Cámara de Diputados sanciona, el 22 de setiembre de 1927 la Ley que declara de utilidad pública las fuentes y depósitos naturales de petróleo" y el 17 de setiembre de 1928 un proyecto sobre expropiación de yacimientos.
La política de Irigoyen impulsa el desarrollo de “Yacimientos Petrolíferos Fiscales" (YPF) contra las pretensiones del trust y aunque el Senado, con mayoría oligarca, traba su sanción definitiva, la lucha prosigue y el triunfo de los intereses populares y nacionales se vislumbra probable en un régimen presidido por él.
No es de extrañar, pues, que el trust se mueva en el centro mismo de la conjura que habría de derrocarlo.
En el Uruguay la prensa adicta a los grandes intereses extranjeros, sus voceros más destacados, no han cesado de clamar contra el avance liberticida del Estado, ese "mal administrador" que perturba la tranquila digestión de los monopolios.
Se ha constituido el "Comité de Vigilancia Económica" (llamado el “Comité del Vintén"), que agrupa a los intereses económicos más influyentes del país y que se pronuncia abiertamente contra el régimen político imperante y contra las medidas que éste va adoptando para enfrentar la crisis.
No solo se trata de la creación de ANCAP sino de un conjunto de leyes, entre las cuales algunas lesionan seriamente al capital extranjero.
Por ejemplo, la Ley del 14 de octubre de 1931 que bloquea los fondos de las compañías extranjeras, o las que colocan en manos del Banco de la República el contralor absoluto de los cambios internacionales, etc.
El Sr. Meillet, que había acaparado todas las destilerías existentes y era el beneficiario de un suculento monopolio en el rubro alcoholes y cuyos privilegios caducaban con la creación de ANCAP, fue contribuyente para financiar las campañas políticas que en su vocinglería anti-colegialista escamoteaban sus verdaderos propósitos.
Una vez que el golpe se hubo consumado, el Dr. Gabriel Terra recibió una larga lista de adhesiones firmada por particulares y por empresas; en ella figura, naturalmente, Pedro Meillet y Cía.
La creación de ANCAP fue paralela a un contrato de compra de petróleo soviético, más barato que el proporcionado por el trust y de seguro aprovisionamiento dada la indiscutible independencia del gobierno ruso con respecto a los intereses imperialistas.
Este contrato era la garantía contra cualquier intento de bloqueo y asfixia contra la economía nacional por falta de combustible que los monopolios petroleros pudieran ensayar como represalia por la creación del Ente Industrial del Estado.
Pero como el cargamento de petróleo se demorara, las compañías tuvieron tiempo de hacer su chantage.
Anunciaron que no importarían más petróleo porque las perjudicaban las nuevas medidas de restricciones cambiarias decretadas por el gobierno y aduciendo la escasez de combustible en sus depósitos, restringieron el expendio y aumentaron los precios.
Se crea así una situación verdaderamente difícil para la economía uruguaya.
El Gobierno argentino comunica al Dr. Terra un ofrecimiento de petróleo en préstamo para paliar la situación y éste no lo informa de inmediato al Consejo Nacional de Administración, facilitando, de esta manera, la maniobra del trust.
El gobierno hubo de hacer importantes concesiones en materia de cambios para poder resolver el conflicto.
Entretanto las empresas desplegaban su juego, arreciaba la campaña política contra ANCAP. La corrupción proselitista que ensombrece su gestación y que es una consecuencia del acuerdo político llamado "el pacto del chinchulin", es el caballo de batalla de los opositores. Se inventa un nuevo verbo, ancapear", sinónimo de "acomodar", de "ventajear" y se utiliza profusamente.
Es claro que, en general, no es un prurito de decencia administrativa lo que alienta esta virulenta campaña, sino que tras esas genuinas banderas, como suele ocurrir, se esconde una tesitura reaccionaria y entreguista.
Por todo ello, puede afirmarse que también el golpe del 31 de marzo de 1933 “huele a petróleo".
Pero si fueran necesarias nuevas pruebas al respecto, el análisis de la política petrolera seguida por los sucesivos gobiernos del período terrista las aporta claras y contundentes.
Se trata de un período contradictorio, en el cual la heterogeneidad de las fuerzas políticas que coincidieron en el complot de marzo y la enconada lucha entre las grandes potencias que preceden a la Segunda Guerra Mundial, provocan alternativas disímiles, inabarcables para un esquema demasiado simplista.
Sin embargo, con respecto a ANCAP se registran dos hechos de significación diáfana y concluyente.
En primer lugar, la sanción, el 20 de agosto de 1936, de la Ley N° 9585 y que, por el nombre del legislador que presentó el proyecto, se conoce como "Ley Baltar".
En su Art. 1o establece: "Quedan derogadas todas las disposiciones legales que reconocen a ciertos entes autónomos del Estado la facultad de implantar monopolios de cualquier clase o de gestionar su implantación por vía administrativa".
El Art. 2o establece que, desde ahora en adelante, la implantación de cualquier tipo de monopolio debe requerir los quorums parlamentarios estipulados por la Constitución (dos tercios de votos).
Se trata de un tiro directo contra ANCAP y la posibilidad de que cuando produzca el 50% de la nafta que consume el país implante, sin más trámite y como lo prevé su Ley Orgánica, el monopolio de la importación de combustibles.
El Directorio del Ente protestó reiteradamente contra los reales alcances de la Ley Baltar, pero en la discusión llevada a cabo en el Senado los doctores Abalcazar García y Segundo Santos aclararon perfecta, nítida y categóricamente, que la ley Baltar afectaba precisamente la facultad de ANCAP..." según lo consigna textualmente un folleto publicado por las compañías extranjeras en 1962.
En segundo término, los Convenios secretos firmados entre ANCAP y las compañías el 10 de enero de 1938.
La firma de estos Convenios, cuyo análisis efectuamos en el Capítulo siguiente, requiere algunas consideraciones preliminares.
Se ha discutido mucho si fueron secretos o no, como si el hecho indiscutible de que la opinión pública los desconociera durante 25 años no bastara para demostrar ilevantablemente el celo con que ese secreto fue guardado.
En el folleto ya aludido (“'El Convenio entre ANCAP y las compañías de petróleo privadas''), las compañías expresan: "No ha existido nunca en los Convenios nada que pueda considerarse criticable o secreto, si bien todos los acuerdos han sido tratados como contratos confidenciales" a solicitud de la propia ANCAP..." (el subrayado es nuestro).
Y agregan que siempre fueron conocidos por el Poder Ejecutivo; o sea, que era un secreto compartido entre el Directorio de ANCAP, las compañías y el Poder Ejecutivo.
Quien nada sabía de ellos era el pueblo uruguayo y a esa circunstancia nos referimos cuando afirmamos que se mantuvieron secretos por un cuarto de siglo.
Por otra parte, confirman nuestra afirmación los siguientes episodios parlamentarios:
- a) en la sesión del 12 de diciembre de 1938 se mocionó para que la Cámara de Representantes los publicara (el Directorio los había enviado a la Presidencia bajo carácter reservado) y la moción fue votada negativamente por seis en cuarenta y seis;
- b) en ocasión de discutirse, en mayo de 1939, proyectos de ley relativos a los recargos sobre la importación de combustibles y autorizando a ANCAP a negociar títulos de deuda, se hacen continuas referencias a los Convenios y se critica la actitud del Directorio por mantenerlos en reserva.
Es de destacar que en dicho debate varios diputados, colorados y blancos, adictos a la situación creada el 31 de marzo de 1933, defienden y aun elogian, aquellos acuerdos con el trust.
En el folleto editado por las compañías se afirma: "Es más, se las presionó [se refiere a las compañías) para que aceptaren un tal acuerdo mediante la amenaza de implantación de restricciones a la importación de combustibles refinados. Se creó así un clima en el cual las compañías que, por otra parte, siempre manifestaron muy buena voluntad para con ANCAP, llegaron a convenir en la posibilidad de celebración del primer Convenio”.
Es decir, que se sienta la asombrosa tesis de que los convenios fueron impuestos a las
Compañías.
A su vez, el diputado Chouy Terra, en la sesión del 3 de mayo de 1939, ratifica aquella tesis:”Según la opinión general estas compañías no tenían ningún interés en el Convenio, para ellas era lesivo a sus intereses. La favorecida era ANCAP y para que firmar el mismo se vio compulsada a la firma por esa ley que votamos en sesiones pasadas,recargando en un centésimo y medio el producto refinado que traen al país”.
¿Es verdad esto? Por cierto que no, y vamos a demostrarlo.
Las mismas compañías contradicen su tesis y en el mismo folleto en que la desarrollan.
Allí explican el origen del primer Convenio de la siguiente manera: ANCAP comenzó a construir su refinería en 1934 y en 1937 estaba en condiciones de hacerla trabajar. Se acercaba el instante en que podría producir el 50% de la nafta consumida por el país, y, por ende, de implantar el monopolio de importación de combustibles.
El dilema de ANCAP que debía hacer trabajar su refinería a pleno rendimiento para que fuera rentable, era sencillo y las compañías lo planteaban con su propio lenguaje: “Para obtenerlo, o suprimía las compañías o llegaba a un acuerdo con ellas para aumentar el volumen de crudo a refinar”.
¿Por qué ANCAP no optó por la primera solución, monopolio de importación y eliminación de las compañías?
Estas lo explican descaradamente:
- a) Porque la Ley Baltar le impedía a ANCAP extender su monopolio a la importación sin los dos tercios de votos en el Parlamento y éste estaba constituido por una mayoría de colorados y blancos que votó aquella Ley e impidió que los Convenios se hicieran públicos; es decir, contraria al monopolio estatal.
A esta circunstancia política se refieren las Compañías cuando afirman: “Había en la República un gran núcleo de opinión (el oficialismo, acotamos nosotros), que pensaba que no era el momento de ir a la implantación de organismos estatales o al desarrollo de la actividad oficial en nuevos campos y que, en el campo de la política internacional se resistía a afectar intereses provenientes de países amigos que en la vida comercial de la República eran sus mejores clientes.”
¿Hay, acaso, una forma más elegante, pero también más precisa, de expresar las relaciones que vinculan al imperialismo con las oligarquías dominantes?
- b) El monopolio de importación de combustibles implicaba la exigencia de indemnizar a las Compañías y éstas estimaban el monto de dicha indemnización entre 30 y 40 millones de pesos. Es un ejemplo más de cómo en los países semi-coloniales las normas jurídicas que obligan al Estado indemnizar previamente los bienes que nacionalizan, operan, esencialmente, en favor del imperialismo.
Las Compañías concluyen su explicación: “La ANCAP, que no se encontraba en condiciones de luchar contra esos dos obstáculos en aquel momento, buscó la posibilidad de llegar a un modus vivendi…”
Es decir, fue ANCAP la obligada a transar, cercada por trabas insuperables y no las Compañías las que tuvieron que deponer sus pretensiones.
El diputado Chouy Terra aclara en el debate aludido: …”Mediante esta Ley, dictada ya con un año de posteridad al Convenio firmado…”
O sea que la Ley con la que amenazaba al trust para que firmara los Convenios –según el mencionado Diputado- se aprobó un año después que quellos que fueron suscritos. ¡Lindo modo de presionar!!
Ello, aparte de que el argumento carece de seriedad, puesto que para las compañías era entre el monopolio que las eliminaba del mercado y el Convenio.
Era mucho más favorable para ellas pagar un cierto recargo en las importaciones y no quedar eliminadas totalmente del mercado petrolero uruguayo.
Lloviendo sobre mojado, existe otro hecho fundamental que prueba que los Convenios de 1938 fueron impuestos compulsivamente a ANCAP y no al trust.
En esos años, antesala de la guerra mundial de 1939, se firman en varios países Convenios similares entre el trust y los organismos estatales que intervienen en el negocio petrolero. Son un capítulo en la aplicación de los acuerdos entre las grandes corporaciones que constituyen el cartel y que, de esa manera, se reparten meticulosamente el mercado.
Ejemplo de ello son los Convenios firmados con Y.P.F. en la Argentina y en los años de 1936 y 1937. Según los mismos y en función de un patrón general que, como veremos, también se aplicó en el Uruguay, se frena el monopolio estatal, se reparte el mercado entre el organismo estatal y el trust y se adoptan garantías para que prevalezca el precio internacional del crudo fijado por el procedimiento estipulado en Achnacarry.
En la Argentina se plantea, pues y en el mismo período que entre nosotros, la cuestión de los “convenios secretos" .
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En la próxima 4° entrega : “Los convenios petroleros secretos y el proceso de desnacionalización”