Entrevista con el ciudadano que denunció a los ediles en Maldonado

Cuando el delito es transparente deja de ser delito

Por Carlos Peláez           

(Entregada esta nota, con el paso de los días surgieron novedades que el autor considera importante agregar como corolario a su artículo. Ellas cierran este trabajo periodístico)

Germán Bonilla: el sueldo de los ediles de Maldonado es la peor señal sobre la ética y la transparencia del gobierno

Germán Bonilla tiene 43 años, vive en San Carlos, es empleado del sector comercio en la ciudad de Maldonado.

Tuvo una muy corta militancia política entre el 2013 y el 2015, integrando el sector batllista del Partido Colorado. Ese año fue candidato a alcalde de San Carlos por la agrupación que lideraba  Eduardo Elinger.

Bonilla era un ciudadano más de este Maldonado, hasta que en el 2015 una resolución de la Junta Departamental despertó su indignación.

Apenas asumieron, a propuesta del Partido Nacional, los ediles se votaron una cifra mensual que perciben como sueldo.

Entonces, con una constancia admirable, estudió,  buscó documentos, elevó notas, mantuvo reuniones con organismos de contralor e integrantes de todos los partidos políticos, formuló denuncias. Y lo hizo casi en silencio.

-“No buscaba notoriedad, sólo me interesaba obtener justicia. Porque no es justo, ni ético, ni transparente que se viole la Constitución, la ley y se usen arbitrariamente los dineros públicos”,- dijo.

Ahora que la batalla parece haber llegado a su fin, creyó oportuno el momento de contar su peripecia.

- ¿Por qué decidió llevar adelante la denuncia contra los ediles?

- En el 2015 fui candidato a Alcalde de San Carlos aun sabiendo de antemano que era imposible lograr ese cargo a causa de la muy baja votación del batllismo, pero pretendíamos aportar votos para lograr representantes en la Junta Departamental.

Resultó que a los 10 días de asumir sus cargos, los ediles, entre ellos alguno de mi partido, votan un decreto asignándole una importante partida de dinero mensual a los partidos políticos representados en el legislativo departamental..

Cuando me enteré, a través de un medio digital de Maldonado, copié la resolución. A las 48 horas ese documento desapareció de todos lados.

Empecé a seguir el trámite y vi que el Tribunal de Cuentas (TCR) observó ese gasto en forma reiterada por violación a los artículos 295, 86 y 211 literal B de la Constitución.

Tuve que esperar hasta el año 2017 para contar con esa documentación de respaldo.

Usando la Ley de Acceso a la Información Pública, presenté un pedido de informes a la Junta Departamental  en el que solicitaba saber cuánto dinero se otorgaba a cada Partido, cuál era el destino que se le daba, si los ediles percibían dinero y firmaban recibos y si cada sector gastaba ese dinero en su totalidad.

El presidente de la Junta en ese momento era Rodrigo Blás y la respuesta a mi  solicitud fue parcial e incompleta.

Entonces solicité una entrevista a la JUTEP y mantuve una reunión con el ex presidente de ese organismo Ricardo Gil Iribarne. Luego, ingresé la denuncia con todos los documentos que tenía en mi poder

En julio del 2018 la JUTEP publica un informe contundente cuestionando la resolución de los ediles e instando a derogarla.

Este organismo  demostró que se violaba, además del artículo 295 de la Constitución, también la ley de Financiación de los Partidos Políticos porque ésta determina que la única forma de recibir dinero público que tienen los Partidos es el pago por los votos recibidos.

Decidí presentar una denuncia en la Corte Electoral, encima del informe que ya le había enviado la JUTEP que también se lo envió a la presidencia del Senado, en aquel entonces a cargo de la senadora Lucia Topolansky, al intendente de Maldonado, Enrique Antía, a la Junta Departamental y a la Unidad de Acceso a la Información Pública, porque la resolución nunca había sido publicada en la web y ahí la Corte me responde que no le corresponde tratar el tema a ese organismo.

Entonces envié toda esa documentación, con una nota mía, a la máxima autoridad de cada uno de los Partidos representados en la Junta, que entonces eran Beatriz Argimón en el Partido Nacional, Adrián Peña en el Partido Colorado y Javier Miranda en el Frente Amplio.

- ¿Y alguno le respondió?

- Ninguno.

- ¿Nadie se comunicó con usted?

- Nunca. Es más, al plantear este asunto todos se alejaron de mi.

Después fui a la Comisión Uruguaya de lucha contra la corrupción-Uruguay Transparente- que emitió un documento titulado “Apropiación privada de dineros públicos” en el que insta a derogar la resolución por abusiva y violatoria del Código del Funcionario Público.

Lo único que se obtuvo en todo este tiempo fue que la Junta Departamental publicara la resolución en su sitio web, pero ni la derogaron, ni trataron el tema en el plenario ni jamás dieron alguna explicación. 

- ¿Cómo calculan la cantidad de dinero a entregar?

- En el pedido de acceso  a la información que hice en el 2017 eso no lo respondieron. Pero el tema es así: ellos tomaron como cifra base la que se fija como gasto para los representantes nacionales y luego se multiplica por la cantidad de ediles titulares de cada partido

Ahora si usted toma ese monto y lo divide por la cantidad de ediles, da unos 65.000 pesos mensuales pero la partida para gastos de los representantes nacionales es de 41.605 pesos a enero de este año. O sea que supera el monto de lo que dice la resolución que ellos votaron.

- ¿Usted conoce el mecanismo que usan los ediles para repartir el dinero asignado?

- El  dinero se deposita en una cuenta bancaria a nombre de las personas designadas por cada sector. Esa persona retira el dinero y lo que pasa después es una incógnita.

En la última observación del Tribunal de Cuentas remitida a consecuencia del nuevo aumento del 28 de marzo de esa partida de dinero votada en octubre del 2020. La  Junta no fundamenta ese aumento y entonces la División Jurídica aconseja pasar todo este asunto a la Fiscalía penal, pero los Ministros del Tribunal por unanimidad desechan ese planteo.

Primó lo político por sobre lo jurídico. Es muy grave porque los ministros del TCR en conocimiento de un presunto delito, no lo denuncian como obliga la ley a todo funcionario público. O sea: terminan siendo cómplices. .

- ¿Esas cuentas bancarias están a nombre de los secretarios de Bancadas?

- Esa es la información que tengo. Pero no son los únicos, hubo personas que nada tenían que ver con la Junta pero recibían el depósito al ser designadas por su sector.

- ¿Ese dinero que reciben los ediles no paga ningún impuesto?

- Bueno como no hay recibos, no pagan BPS, ni IRPF. Y luego se lo gastan en lo que quieren porque no deben rendir  cuentas. La resolución de la Junta establece que “esa partida se otorga para el mejor cumplimiento de sus fines”, pero en ningún lado establece cuáles son esos fines.

De ese modo pueden pagar alquiler de locales partidarios, espacios radiales, arreglar el baño de su casa, cambiar el auto o cualquier otra cosa que se les ocurra, porque, reitero, no deben presentar comprobantes de gastos ni declaración jurada.

- ¿Le consta que haya ediles que  no cobren?

- Yo sé de un solo edil suplente que integra la Vertiente Artiguista (FA). Presentó una nota en la misma Junta, amparado por el artículo 295 de la Constitución y en el informe de la JUTEP, diciendo que él no quería percibir ese dinero y lo planteó en su sector político. Pero la Vertiente le dio razón al edil titular, que si cobra, y a él lo marginó.

En el período pasado hubo dos ediles suplentes que tampoco cobraron. Uno colorado del sector de Eduardo Elinger y otro del PVP (FA) .

- Pero hay otra ilegalidad que no es menor: los salarios de los funcionarios públicos electos se fijan en el período anterior, precisamente para que no haya abusos. Salvo la Junta Departamental de Maldonado que desde el 2015 estableció  ella misma el sueldo de sus ediles.

- Exacto, lo digo en la denuncia que presenté en fiscalía. Los ediles se votaron su propio sueldo, retroactivo y con los porcentajes de aumento que superan largamente el IPC.

Por ejemplo si usted revisa el Presupuesto Quinquenal que ellos aprobaron ahora, el monto del dinero a repartir sube un 41%. Dígame usted qué trabajador recibió un 41% de aumento este año. Cuando ingresé la denuncia en Fiscalía, ésta la caratuló como “abuso de funciones”. Porque es muy evidente el abuso de poder: se votaron lo que ellos mismos iban a cobrar.

- ¿Toda esta investigación y sus costos fueron de su exclusiva cuenta?

- Si señor. Pagué hasta las fotocopias y boletos. Yo llevé las denuncias sin abogado porque no puedo pagarlo. La Junta, por su parte, contrató cuatro abogados para defender a sus ediles

Después que presenté la denuncia en Fiscalía pasaron 9 meses para asignar un fiscal. Entonces ellos presentaron un informe firmado por los abogados Álvaro Garcé, Gonzalo Fernández, Carlos Delpiazzo y Gonzalo Aguirre.

La Junta nunca le informó  a la población en qué se gasta el dinero ni cuánto costaron esos abogados. Porque la gente debe saber que todo el dinero sale del mismo lado. Lo pone la Intendencia de Maldonado que por otro lado jamás presentó una objeción a este asunto.

- ¿Algún edil o diputado de Maldonado habló con usted?

- El único que me llamó fue el ex diputado Andrés Carrasco del Partido Independiente. Llevó el tema al Parlamento, presentó una exposición escrita informando sobre estos hechos, la envió a la Junta Departamental, pero no sucedió nada.

- ¿Qué pasó con su denuncia en Fiscalía?

- El fiscal Schubert Velázquez decidió el archivo.  Y lo hizo basado en el informe de los cuatro abogados de la Junta y en el informe de la JUTEP actual, radicalmente diferente al anterior, que también se basó en el informe de los  abogados de la Junta.Ese informe hace ver la resolución de la Junta como un “acto administrativo”, lo que de alguna manera blinda la  resolución. Las observaciones del TCR van al Senado, éste no las trata y cobran fuerza de ley departamental. Ocurre que si un edil que en el pasado no cobraba podría presentar un recurso de inconstitucionalidad, pero al declararlo “acto administrativo”  lo blinda, porque a la Suprema Corte de Justicia solo puede ir una ley.

- Aún le queda un recurso, de acuerdo al nuevo Código, que es pedir un re examen de la causa y entonces pasaría a otro fiscal

- Me quedaba, porque lo intenté. Como le dije soy un empleado del montón, no puedo pagar un abogado. Fui a la Defensoría de Oficio a ver si un abogado podía firmar la nota para presentarla en Fiscalía. Pero resulta que por unos pocos pesos – le juro que por unos pocos pesos – no califico para tener un defensor de oficio. Entonces esto se terminó.

- ¿Usted sabe si otras Juntas Departamentales estaban esperando esta resolución?

- Si, seguro. Yo he hablado con ediles de varios departamentos y en todos lados cobran pero rinden cuentas. En Maldonado no. Eso implicará que las otras Juntas se votarán el dinero que quieran, no hay un mínimo 

Acá empezaron en el 2015 con 27.000 pesos, ya están en 65.000 y esta cifra, de acuerdo al Presupuesto de este año, tendrá un aumento del 41 %.

- ¿Qué piensa usted de todo este asunto?

- Que es una pésima señal sobre la ética y la transparencia del sistema político.

Vea usted, en plena pandemia muchísima gente perdió su trabajo, otros muchos fueron al seguro de paro, pero los ediles se aumentaron un 28.3 % sus ingresos aun sabiendo que estaba en plena investigación fiscal. Eso revela falta de empatía y de conciencia social.

La Junta Departamental de Maldonado está muy lejos de la sociedad. A una empleada doméstica se le aumenta un 0.89%, a un empleado de comercio 2% pero estos señores se aumentaron un 28% una partida que ni se sabe en qué la usan.

Ocurre que todo el sistema; partidos políticos, Parlamento,  organismos de contralor y la justicia se abroquelaron para defender el mal uso de los dineros públicos.

Otro asunto no menor son la mayoría de los medios de comunicación departamentales que nunca pusieron en agenda este tema. Por eso este sistema siguió operando sin críticas ni resistencia ciudadana, porque no mucha gente lo conoce. Tal vez tenga que ver con la enorme cantidad de dinero que la Junta gasta como publicidad. Pero en Maldonado sucede algo muy interesante, la agenda periodística departamental la dirige la Dirección de Comunicaciones de la Intendencia, porque los medios copian y pegan sus comunicados. Y abajo está la publicidad de la intendencia y la de la Junta.

- ¿Qué opinión tiene de Ricardo Gil Iribarne?

- Debe ser el mejor funcionario público en muchas décadas. El gobierno actual decidió dejarlo solo para que se fuera antes de terminar su período en el 2022. Envió cartas al Ministerio de Educación planteando la situación pero nunca le contestaron, en cambio cuando presentó su carta renuncia se la aceptaron inmediatamente. No fue un buen mensaje

 Y luego nombran una JUTEP integrada proporcionalmente de acuerdo a sus votos  por partidos políticos, con personas sin ningún antecedente más que integrar un sector.  O sea que la hicieron funcional al sistema político.*

¿Transparencia? ¿Qué es eso?

JUTEP y TCR cambiaron de opinión sobre la Junta Departamental de Maldonado y la denuncia fue archivada

En noviembre de 2018 Uruguay Transparente (UT) recepcionó una denuncia ciudadana sobre una presunta irregularidad en una resolución de la Junta Departamental de Maldonado, al asignar una partida mensual de dinero a los sectores políticos sin exigir la rendición de cuentas en contrapartida.

En aquella oportunidad, UT analizó el fundamento desarrollado por los ediles que aprobaron esa medida, el pronunciamiento sobre el tema de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP), la respuesta de la Corte Electoral al denunciante y las reiteradas observaciones del Tribunal de Cuentas a esa decisión.

Con esos elementos UT emitió una declaración de rechazo a la resolución aprobada por la Junta Departamental de Maldonado en julio de 2015, dado que viola en forma flagrante la normativa específica sobre el financiamiento de los partidos políticos que contempla de modo exclusivo el pago de una partida anual por voto obtenido. La resolución, además desconoce el carácter honorario de la función de los ediles. UT entendió que se apartaba de los principios básicos de la transparencia y la ética pública.

La División Jurídica del TCR propuso informar de la irregularidad a la Fiscalía, pero ningún ministro del organismo votó a favor. Para este año, tras una nueva consulta de la Junta Departamental, tanto la Jutep como el TCR cambiaron de opinión y entendieron que no había delito alguno por lo que la denuncia fue archivada

Lo que sigue es el fundamento del archivo de la denuncia.

En este caso se denunció que se investigue la existencia de delito como consecuencia del establecimiento por la Junta Departamental de Maldonado de una partida aprobada en sesión del día 21 de julio de 2015, aprobada por unanimidad de los presentes (29 votos), cuyos antecedentes constan en el Expediente N.º 0292/15 de dicha Junta. La Mesa de la Junta Departamental, con fecha 17 de julio de 2015 resolvió: “1°) Destínase a cada Sector con representación en la Junta Departamental una partida para el mejor cumplimiento de sus fines.

2° A los efectos de la presente reglamentación entiéndese por Sector a cada Sublema de candidatos a la Junta Departamental que haya obtenido representación en dicho órgano del Gobierno Departamental.

3°) La partida se asignará a cada Sector en proporción al número de Ediles que formen parte del mismo. A tales efectos, la Junta Departamental le destinará una partida que resultará de multiplicar los gastos de representación establecidos mensualmente a favor de los Representantes Nacionales por el número de Ediles que integren al Sector.

4°) Esta partida se liquidará mensualmente, se ajustará en las mismas oportunidades y porcentajes que los gastos de representación de los Representantes Nacionales y se podrá depositar en la cuenta bancaria abierta por el Sector o recibir directamente por el Secretario de Bancada que designe el mismo.

5° La partida de referencia se imputará al rubro presupuestal correspondiente, el que deberá reforzarse mediante trasposición presupuestal.

6°) En la próxima instancia presupuestal deberá preverse la asignación dispuesta en el presente acto administrativo en el rubro correspondiente, no debiendo incrementarse el monto global del Presupuesto vigente.

7°) La presente reglamentación tendrá vigencia con retroactividad al 10 de julio de 2015.

8°) Dése cuenta al Cuerpo, comuníquese al Departamento Financiero Contable y a la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de esta Corporación, téngase presente y cumplidos los trámites administrativos dispuestos archívese.”

El establecimiento de esta partida recibió inicialmente diversas observaciones y cuestionamientos, tanto de organismos públicos como de entidades privadas. Como consecuencia, desde la Junta Departamental se realizaron consultas jurídicas con los Dres. Carlos Delpiazzo, Gonzalo Fernández y Alvaro Garcé, reconocidos especialistas uruguayos en materia administrativa, constitucional y penal. En resumen, concluyeron que “la asignación de la partida de referencia, en sí mismo, no es un acto merecedor de reproche penal y deviene un acto lícito, indiferente al ordenamiento penal positivo”.

Asimismo se consultó al Dr. Gonzalo Aguirre sobre la competencia de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) y la naturaleza jurídica de su pronunciamiento inicial contrario al establecimiento de la partida.

Allí se indicó que la JUTEP tiene los cometidos y atribuciones establecidos por los artículos 2°, 3° y 5° de la Ley 19340, no siendo un organismo de administración activa, ya que todos sus cometidos son de carácter asesor, de promoción de normativas y de contralor, no teniendo sus pronunciamientos carácter vinculante. Ante esta situación desde Fiscalía se requirió nuevo informe a la JUTEP, quien por Resolución N.º 948/2021, de fecha 27 de julio de 2021, concluyó que “la partida no configura un hecho ilícito”.

En igual sentido se pronunció el Tribunal de Cuentas de la República, en Resolución 307/2021, al analizar el gasto de esta partida en el año 2021, cuando en el numeral 7 del “Considerando” indicó: “Que, si bien se propone por la División Jurídica dar cuenta de las actuaciones a la Fiscalía General de la Nación, este Tribunal, por unanimidad de sus integrantes entiende que no existe mérito para proceder en ese sentido”.

Es de señalar que en la conducta investigada solo podría encuadrar en las previsiones del artículo 162 del Código Penal, por cuando no encuadra dentro de ninguno de los demás tipos penales por delitos contra la Administración Pública. Este artículo regula el delito de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley, regulándolo del siguiente modo: “El funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código o de las leyes especiales, será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 UR (diez unidades reajustables) a 3.000 UR (tres mil unidades reajustables)”. Para que dicho delito proceda es necesario que se realice un acto con abuso del cargo, un acto arbitrario, notas estas que a la luz de las opiniones de los juristas citados y de lo señalado por el TCR y de la JUTEP no se visualizan.

Por tanto, por considerar que no existe delito, se procederá al archivo provisorio del caso (art. 98 del C.P.P.). En el caso corresponde a la Suprema Corte de Justicia el análisis de la constitucionalidad de la norma que estableció la partida, así como de aquella que dispuso su aumento, por formar parte de los Presupuestos de la Junta Departamental, todo lo que tiene fuerza de ley. En una de las consultas el Dr. Aguirre señaló: “Esta disposición no integra formalmente el Presupuesto de la Junta Departamental siendo dictada en un acto administrativo separado, el cual además no indicaba los recursos que cubrirían el gasto dispuesto según es de precepto al tener del segundo inciso del artículo 86 de la Carta. 11.- Este desajuste entre lo actuado en la especie por la Junta Departamental y la normativa constitucional citada fue claramente subsanada por la Junta al incluirse las previsiones de las partidas en la oportunidad presupuestal correspondiente”.

Esta acción de inconstitucional (u otra vía) podrá ser promovida por quien tenga un interés directo, personal y legítimo, que en el caso sería un edil de la misma Junta Departamental.”

TELÓN