Un plebiscito para garantizar derechos y eliminar la privatización  (1)

Por Jorge Notaro, Carlos Viera, Antonio Elías

La reforma constitucional que plantea el plebiscito pone límites a la necesaria reforma integral de la seguridad social que deberá hacer el gobierno electo en 2024. En el documento “La seguridad social un derecho humano fundamental” presentado el Plenario In­tersindical de Trabajadores-Convención Nacional de Trabajadores (PIT­ CNT), la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU) y la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM) se exponen los fundamentos de la Reforma Constitucional.

Compartiendo el contenido de dicho documento, este artículo se limita a tratar de demostrar que desde el punto de vista económico la reforma mejora la suficiencia de las prestaciones, la cobertura y la sostenibilidad del sistema.

Los opositores al plebiscito sostienen que sí éste se aprueba el aumento del gasto en pasividades tendrá consecuencias trágicas inmediatas, sostienen que impedirá atender a niños y adolescentes, limitará los recursos disponibles para educación y salud, aumentará el déficit fiscal y la deuda pública, se perderá el grado inversor y, como consecuencia, se incrementará el pago de los intereses de la deuda.

Complementariamente, anuncian una crisis total del sistema de seguridad social con costos gigantescos que afectará gravemente a la economía del país y de su población basados en estimaciones de los costos de la seguridad social en términos del PBI para los próximos 50 años que no se pueden considerar rigurosos y, menos aún, científicos en un mundo de incertidumbre global, que modifica sustancialmente la evolución de la economía mundial y la de nuestro país.

Los que promueven no votar por el sí, ante los supuestos riesgos económicos, se alinean con las teorías de la estabilidad de las reglas de juego  con el objetivo de atraer capital extranjero, el cual debe a su vez ser favorecido con exoneraciones tributarias mientras se aplica un ajuste permanente contra el trabajo para reducir el déficit fiscal.  La privatización de las pasividades, que está fracasando en todo el mundo, libera al Estado de responsabilidades en la seguridad social y condena a los trabajadores a sacrificar ingresos y años de vida. En cambio, las medidas que propone el plebiscito implican claramente una distribución de costos y beneficios favorables a los trabajadores.

Mejorar el ingreso de los jubilados y pensionistas más pobres

En la papeleta se propone que la jubilación y la pensión mínimas se igualen al SMN y que, desde ese momento, aumenten por lo menos de acuerdo al índice medio de salarios, como las demás pasividades. Cuestionan que provocará que disminuya el SMN, lo que no tiene fundamento por que como claramente lo dice la papeleta, los aumentos de todas  las pasividades dependerán del índice medio de salarios - como lo estableció el plebiscito que reformó la Constitución en 1989- cuando los augurios de catástrofe eran similares a los actuales y la variación a la baja del SMN sólo afectaría por un año a las pasividades de los que se jubilan y pensionan con un monto menor al mínimo, por lo cual el “ahorro” fiscal es insignificante.

En mayo de 2024, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), se consideran personas pobres las que en Montevideo tienen un ingreso mensual menor a 20.264 pesos. El SMN durante todo 2024 se fijó en 22.268 pesos, o sea, el aumento de las pasividades que se propone permitirá que los pasivos de menores ingresos dejen de ser pobres.

Cientos de miles de pasivos reciben menos de un SMN, se trata de jubilados y pensionistas que en muchos de los casos reciben menos de 15 mil pesos mensuales. O sea, una persona que trabajó toda su vida, un pensionista por vejez o invalidez, vivirán en la miseria o al borde de ella.

Contraponen lo que reciben los pasivos con la situación de pobreza infantil. Falacia; en los hogares considerados en la categoría de ingresos más bajos y que tienen al menos un  jubilado por el Banco de Previsión Social (BPS), la incidencia de las jubilaciones asciende a un 37 por ciento de los ingresos totales (Gonzalo Zunino y otros, 2021, Seguridad Social de Uruguay.)

CINVE, 2021, p. 13), con lo cual se contribuiría a un aumento de los ingresos en los hogares más pobres, dando mayor sustento a las infancias y las adolescencias que conviven en ese hogar.

Es compartible que debería priorizarse la asignación de recursos para revertir los índices muy elevados de pobreza infantil - efectivamente, diez veces mayor que para la edad adulta-, pero planteado de esa forma la redistribución del ingreso sería entre sectores del trabajo, dejando al capital fuera de la ecuación. Ninguna mirada desde lo técnico puede soslayar que se trata de una disputa entre el capital y el trabajo.

Los costos estimados por el BPS para 497 mil prestaciones por debajo del SMN es de 1.037 millones de dólares y en base a datos del propio BPS para financiar la equiparación de 308 mil personas al SMN el costo serías de  460 millones de dólares.

Eso se financia al eliminar las AFAP, el BPS va a disponer de las transferencias que le hace actualmente a las AFAP, que en 2022 fueron 1.323 millones de dólares anuales, (BPS, Boletín Estadístico 2023, pg. 206). Esto permitiría eliminar las Contribuciones de Rentas Generales al BPS, que fueron 1.223 millones de dólares en 2022 (BPS, Boletín Estadístico, 2023, pg. 3), de los cuales la Asistencia Financiera fue de 470 millones de dólares (Rendición de Cuentas de  2022, Tomo I, pg. 24).  El Estado dispondría, luego de cubrir el aumento de las pasividades, del monto total de la Asistencia Financiera, casi 500 millones de dólares, para realizar políticas sociales a favor de la infancia y la adolescencia o  para otros objetivos.

El aumento gradual de los egresos del BPS que generará el pago de mejores pasividades al hacerse cargo del tramo que cubría la capitalización individual, serán cubiertos por la eliminación de las transferencias anuales a las AFAP y por los recursos del fideicomiso que se  crea con el plebiscito, el cual dispondrá de 24 mil millones de dólares de los fondos acumulados en las AFAP por aporte de los trabajadores.

El incremento de las pasividades mínimas reactivará la demanda de bienes y servicios y la producción nacional ya que los pasivos gastarán ese aumento en productos de la canasta básica.

Recuperar el derecho a jubilarse a los 60 años

Según el INE, la tasa de empleo entre los 40 y los 60 años de edad es de 80,5 por ciento y desciende a 19,9 por ciento a partir de los 61 años (Duran, B., 2021, Discriminación para el acceso al empleo por edad madura, p.3), por lo cual sería casi imposible para un trabajador de más de 60 años acceder o permanecer en el campo laboral hasta los 65 años.

Los trabajos empíricos disponibles en los países donde aumentó de la edad de retiro muestran que menos del 50 por ciento de los trabajadores que son obligados a postergar su retiro continúan trabajando. A su vez, implica un incremento importante de la cantidad de prestaciones por seguro de desempleo, enfermedad e invalidez para esos trabajadores. En buen romance, el aumento en la edad de retiro lo pagarán con mayor pobreza e indigencia los trabajadores y sus hijos y nietos.

Nada se dice sobre la incidencia negativa que la suba de la edad mínima sobre el nivel de empleo, en especial sobre el empleo juvenil. Las tasas altas que se exhiben en esta variable debieran de ser preocupación y la reforma constitucional proyectada es la única expresión de sensibilidad al respecto.

La coalición dice que mejorará la situación de los que tienen menores ingresos: ¿cómo puede ocurrir eso si se reduce la tasa de reemplazo -que para 65 años de edad y 30 de trabajo baja de 55 a 45 por ciento- y se cobran cinco años menos? La aparente respuesta es el “suplemento solidario”, que, en gran medida, sería financiado por el propio trabajador, con lo que deja de cobrar durante cinco años, pero que, además, puede ajustarse a la baja, si se usa el IPC o el IMS, con hasta un 20 por ciento menos de su valor. Esa sí es una variable de ajuste fiscal de las pasividades de los que tienen menores ingresos.

Los opositores al plebiscito no tienen en cuenta que los costos fiscales del Estado, también, pueden ser fuertemente reducidos si se reforma  la legislación que sostiene los privilegios en las pasividades de militares y policías de alto rango.

Las AFAP son la causa de la crisis del sistema

El contundente éxito de la reforma constitucional de 1989 terminó con el despojo a los jubilados por la vía de ajustes anuales muy por debajo de la inflación, como válvula de escape de la honda crisis económica. El gasto público aumentó, los recursos alcanzaron y las pasividades se pagaron.

En cambio, con las AFAP, las pasividades servidas o a servirse por el tramo de capitalización fueron, son y serán ridículamente bajas. Hay dos factores que lo determinan así. En primer lugar, porque para servir las prestaciones BPS confluyen los aportes de trabajadores, de los empleadores y el estatal, en cambio a las AFAP va solo el aporte de trabajadores. En segundo lugar, por la elevada tasa que resulta de la comisión y del seguro, que rondando el 20% es muy limitante para el resultado de la capitalización.

El aporte de rentas generales aumentó porque así lo determinaban las transferencias crecientes a las AFAP; mientras, se tenían que seguir pagando las pasividades existentes. Al déficit fiscal se sumaban los intereses que el Estado pagaba al rescatar  como préstamo su propio dinero: el BPS recauda, le entrega gran parte del dinero a las AFAP y estas con el 55% de esa plata compran deuda pública, por lo que el Estado les paga intereses, y finalmente, le entrega recursos al BPS. ¿no sería menos absurdo que el BPS se quedará con lo que recaudó y lo usara para pagar pasividades?

La reforma del 2023 extiende el tramo de ahorro individual y lo generaliza a las cajas paraestatales, lo que profundiza el desvío de los aportes de trabajadores y empleadores aplicados al pago de las prestaciones, aparentando una insuficiencia que no es tal. A corto y mediano plazo, para sostener las AFAP, crecerá la presión al alza sobre el déficit fiscal del sector público y sobre la relación deuda externa/PBI, ya que el Estado deberá seguir rescatando buena parte del dinero que transfiere a las AFAP, colocándoles títulos de deuda pública. Al respecto es preocupante el crecimiento que muestra la tasa de deuda pública como porcentaje del PBI, que desde niveles del 98% en la crisis del 2002 había bajado al 46% hacia 2019 pero la tendencia alcista desde entonces ubica en 72% el último dato de este indicador.

Se propone la eliminación del lucro privado y las magras rentas vitalicias

El ahorro individual obligatorio de las AFAP no cumple con el principio de solidaridad social y de género, no proporciona la rentabilidad prometida, presenta altísimos costos de transición y brinda prestaciones insuficientes. La cantidad de trabajadores que optaron –a través de la ley de los cincuentones– por salir de las AFAP lo demuestra, a pesar de que solo les pagarían el 90 por ciento de lo que les correspondía en el sistema de reparto.

En la mayoría de los países donde se han instalado AFAP, estas empresas han obtenido ganancias extraordinarias por gestionar los ahorros de los trabajadores y son insuficientes en términos de cobertura y niveles de beneficios. En Uruguay, las rentas vitalicias son absolutamente insuficientes: cuatro de cada diez personas que reciben renta por jubilaciones comunes cobran menos de 2.830 pesos, el 61% de los rentistas cobra menos de 5.660 pesos y ocho de cada diez rentistas perciben menos de 11.320 pesos (Ver ¿Cuánto pagan las AFAP?, Semanario Brecha, 3-V-24).

Entre 1981 y 2014, unos 30 países privatizaron total o parcialmente sus sistemas de pensiones públicas obligatorias; en 2018 unos 18 países habían revertido las privatizaciones. (https://www.eltrimestreeconomico.com.mx/)

La evolución de mediano y largo plazo es sostenible

En un estudio de CINVE se expresa: «Si consideramos los déficits acumulados en los próximos 20 años, el escenario del plebiscito no arroja resultados muy diferentes a los otros regímenes considerados», haciendo referencia al régimen instaurado en 1996 y al vigente aprobado en 2023. Y continúa: «En ese sentido, el régimen propuesto en el plebiscito claramente incrementa el pasivo previsional a largo plazo, aunque se requeriría de varias décadas para que la tensión financiera comience a apreciarse sensiblemente superior a los otros dos regímenes analizados». (Gonzalo Zunino y otros, “La reforma de la seguridad social y la sostenibilidad financiera del sistema”, diciembre de 2023, p.56)

El envejecimiento de la población del país y la sustitución de trabajo por capital en múltiples actividades provocarán que el número de trabajadores con relación al número  de pasivos sea cada vez menor. El avance de las técnicas, desde la información y las comunicaciones hasta la inteligencia artificial, permite que con menos trabajo se produzca una mayor cantidad de bienes y servicios y una reducción de las fuentes de empleo, por lo cual el capital deberá realizar mayores aportes.

Es posible mantener los derechos y mejorar las pasividades, modificando progresivamente la financiación del gasto de la seguridad social, que tenderá a aumentar  los aportes patronales gradualmente y reducir las exoneraciones, a la vez que se eliminan subsidios al gran capital y aumentan los gravámenes a los ingresos del capital y a la riqueza acumulada.

En ningún caso parece valido, ni conveniente, ni justo sostener que se debe aumentar el IVA que es un impuesto indirecto y, por tanto, regresivo en cuanto afecta proporcionalmente más a las personas de menores ingresos.  

En conclusión

El plebiscito apunta al eje principal de la reforma de la seguridad social aprobada en 2023, que reduce las responsabilidades del Estado postergando la edad de retiro y aumentando la privatización del sistema porque amplía el pilar de capitalización, incorporando al sistema mixto a las cajas militar, policial, bancaria, notarial y de profesionales universitarios. A su vez, obliga a todos los trabajadores a ingresar a las AFAP y aumenta la parte del aporte que va a las administradoras privadas en detrimento de los ingresos del BPS, para pagar las jubilaciones. A lo que se agrega que por el Art. 259 las personas públicas no estatales recibirán, con cargo a rentas generales, una compensación para cubrir la reducción de ingresos asociada a la transición hacia el régimen mixto por 30 años.

Por eso la reforma constitucional que promueve el plebiscito es un mandato claro sobre   qué condiciones está dispuesto a sostener el pueblo en materia de seguridad social, y será el Parlamento el que deberá darle forma a una reforma integral que garantice ese derecho humano fundamental.

(1) Publicado originalmente en Brecha 5.092024