Alejandro Sosa Días
El viernes 27 de febrero de 2026, el Senado, aprobó la llamada “Ley de Modernización Laboral”. Como se sabe, en la jerga patronal, modernizar los vínculos laborales está fuertemente asociado a la idea de quitarle a los empleadores el cumplimiento de una serie de obligaciones contractuales compensatorias que benefician a los trabajadores y que, en un mix entre políticas distribucionistas y luchas de clases del pasado, se han plasmado hace décadas en el derecho laboral del país vecino. En el lenguaje cotidiano se habla, pudorosa e hipócritamente, de “reforma laboral”. Para cualquier militante obrero, el concepto de reforma es exactamente el opuesto. Su significado está fuertemente anclado al progresivo mejoramiento de las condiciones, materiales o democráticas, que expanden las posibilidades de acción humana para las mayorías aún en el marco del orden existente. La idea de reforma es completamente opuesta a la naturaleza del proyecto ultrarreaccionario del gobierno argentino. De ahí que elegimos referirnos a este proceso como contrarreforma.
El contenido del proyecto aprobado, es un golpe muy fuerte a las condiciones mediante las cuales los trabajadores venden su fuerza de trabajo al capital. El principal instrumento de lucha para negociar el precio de la fuerza de trabajo, la huelga, sufre un drástico cambio de condiciones en el proyecto de Milei. El derecho de huelga va a ser ejercido en condiciones mucho más difíciles a partir de la implementación de esta ley. Hay una serie de rubros económicos que son declarados esenciales (salud, educación, energía, telecomunicaciones, etc.) y que deberán garantizar el 75% de la actividad durante la huelga. Otro sector es declarado de importancia trascendental (bancos, transporte, comercio exterior, agroindustria, minería, construcción, subterráneo, etc.) y deberá garantizar el 50% de la actividad. Este mínimo recuento deja a la vista que la ley limita el derecho de huelga en casi todos los sectores significativos de la economía. Las asambleas deberán pedir permiso para hacerse en el lugar de trabajo y los empleadores podrán negarse a ello. La asamblea en el trabajo es un recurso que intenta usar a favor de los asalariados el factor concentración. A esto debe agregarse que se descontarán las horas de trabajo cobradas mientras dura la asamblea. Para llevar a cabo cualquier medida de lucha se debe avisar con 5 días de anticipación. Además, los convenios colectivos, según la ley aprobada, tendrán menos valor jurídico que los convenios por empresa. También uno de los puntos importantes de la ley es la disminución de los ingresos de los sindicatos. En un movimiento sindical con tradición de lucha, pero con poca autonomía institucional y política respecto al estado capitalista, esta circunstancia, de ser llevada a cabo, va a mellar más las potencialidades de la resistencia obrera ante el ataque del capital.
Por otra parte, hay un conjunto de temas vinculados a los ingresos y a los derechos laborales que son muy significativos: se reducen los aportes patronales, las vacaciones se fraccionan y las empresas solamente cada tres años están obligadas a otorgarlas en verano, las indemnizaciones mantienen su elaboración a partir del mejor salario, pero se excluyen aguinaldo, premios y cualquier adicional. La contrarreforma elimina el estatuto laboral de algunas profesiones (periodistas, gráficos, choferes particulares, etc.). Cuando se trata de establecer la igualación de condiciones, ésta solamente puede implicar retroceso y degradación laboral. El mileismo es un creyente fervoroso y dogmático del capitalismo como religión, si nos remitimos a esta aguda formulación de Walter Benjamin.
El banco de horas es una de las modificaciones más promocionadas por la contrarreforma laboral como maximizadoras de la libertad personal del asalariado. Según este mecanismo el empleado podrá canjear horas extra trabajadas por días libres compensatorios, lo que en realidad significa una cada vez mayor disposición por parte del asalariado respecto a su empleador, ya que el mecanismo se arregla mediante el acuerdo de partes, como si la igualdad fuese sustantiva y no meramente jurídica. El espíritu de esta contrarreforma supone, explícitamente, adjudicarle un mismo peso social al trabajador y a la empresa, lo que contradice el punto de partida del derecho laboral. No se nos debe escapar nunca que este status jurídico es un resultado complejo de largos procesos de lucha de clases nacional e internacional.
Una cuestión conexa con lo anterior es la postulación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que obligará a las empresas a financiar un fondo propio para cubrir indemnizaciones a partir de aportes de un 3% de las remuneraciones de cada trabajador. Paralelamente, y aquí está el chiste del asunto, recibirán una reducción equivalente en las cargas de la seguridad social por cada trabajador. Lo que equivale a que los jubilados van a financiar indirectamente los despidos futuros de las empresas.
El ANSES (organismo público encargado de las jubilaciones) va a sufrir un desfinanciamiento que se estima, según varias consultoras, en 2600 millones de dólares. Una derivación de la contrarreforma laboral mileista es el traslado de la justicia laboral a la ciudad de Buenos Aires, un distrito cuyo aparato judicial está controlado por enfoques muy claramente pro empresariales. Pero no es todo. La utopía del gobierno está pensada en función de la progresiva disolución de la justica laboral, que es vista por el liberalismo autoritario gobernante como una banda de parásitos que obstaculizan el infinito progreso burgués.
Es importante hacer una serie de consideraciones. La primera es que, contra la propaganda atronadora de los medios de comunicación dominantes y el gobierno actual, la contrarreforma laboral no va a generar más puestos de trabajo. La economía argentina es una economía en contracción y nada indica la aparición de contratendencias reales sino más bien la profundización de la recesión. La función que tiene la contrarreforma del liberalismo autoritario es disciplinadora y no va a expandir el mercado interno. La segunda cuestión es que, a pesar que las prácticas laborales reales nos indican que aspectos importantes de la contrarreforma laboral ya existen en la realidad, su consagración en lo jurídico-político es una nueva posición ganada por las fuerzas burguesas. El tercer tema es que la relativa facilidad con la que el gobierno obtuvo su propósito refleja un estado de ánimo en las masas trabajadoras, en las que una parte minoritaria pero amplia de éstas pone su esperanza en el lado equivocado mientras que la parte antimileista de los trabajadores y el pueblo se encuentra bastante desmoralizada. Hay una franja de masas ganada por la mirada del liberalismo autoritario, cuyo centro hoy es Milei, pero que no se reduce a él. Y entre las fuerzas verdaderamente opositoras se ve tanto al kirchnerismo como al kicillofismo en distintos grados de aislamiento respecto a un peronismo provincial que abraza en cada vez mayor medida las políticas liberales porque sabe que la burguesía argentina considera que este enfoque representa sus intereses de clase, aunque no le dé una perspectiva global al conjunto de la sociedad. La política de la izquierda trotskista presenta aspectos progresivos de combatividad, pero naufraga en el parlamentarismo rutinario con escasa movilización y en una perspectiva testimonialista que le escapa a cualquier posibilidad de llegar al poder político debido a que sospecha que el abandono de la marginalidad equivale a abandonar las filas de la revolución. La dirección sindical no movilizó, apenas hizo un acto en el que no nombraron a Milei cuando la ley entró por el senado, un paro sin movilización cuando la ley pasó por diputados. Es cierto que un sector minoritario de la CGT y las dos CTA llevaron adelante una movilización. Pero esta acción estuvo lejos de alcanzar el umbral necesario para que siquiera pudiese plantearse la marcha atrás de la contrarreforma. Ahora se juega todos los boletos a que el Poder Judicial lime las disposiciones más anti-obreras de esta contrarreforma.
La contrarreforma laboral en Argentina es un tema al que la vanguardia obrera debe prestar atención y estudio. Con todas las diferencias que puedan existir entre ambas sociedades estos hechos expresan políticas que el capital conjetura como posibles para todos los países.